Todo lo dicho hasta la fecha sobre conflicto y franquicia sirve y forma parte del entorno de conflictividad en el que hay que centrar el tema.
La Franquicia no es como muchos piensan un campo abonado a la estafa. La Franquicia es un sistema de expansión que mal utilizado puede ser un elemento de apoyo en una estafa, pero en si misma no entraña nada malo, de la misma forma que un cenicero no es un objeto peligroso salvo que lo utilizemos para machacarle la cabeza a otro.
Con relativa frecuencia se producen situaciones de conflictividad en la franquicia en las que el franquiciado se siente “estafado”, seguramente porque sus expectativas, (creadas improcedentemente en el proceso de venta, semilla de todo conflicto), no se han visto cumplidas, o porque por diversas circunstancias su unidad no funciona ( mala ubicación, falta de cumplimiento de los procesos, falta de servicio,..).
Esto tal como hemos analizado previamente no constituye una “estafa penal”, ( aunque coincido que en algún caso tal vez lo sea moral), pero ello no es óbice para que uno acuda sin reparo y embaucado por los cantos de sirena del algún penalista avezado, desconocedor del sistema de franquicia, a una jurisdicción penal que raramente le va a dar la solución. Normalmente el juez penal archiva sistemáticamente tales denuncias o querellas con un simple argumento: no ser los hechos constitutivos de delito o falta.
Estafas en franquicia, hay muy pocas. No dar el servicio adecuado, no cumplir con determinadas obligaciones, o sencillamente ser un “idiota irresponsable” que se lanza a franquiciar sin conocimiento de lo que se lleva entre manos, o mal asesorado, (de lo segundo hay más que de lo primero) no son ningún delito. Ser idiota nunca fue delito, aunque tal vez debiera serlo en estos casos. Pero a fecha de hoy no lo es, esa es la realidad.
A Franquicidores irresponsables o incumplidores, negociación para reparar o mejorar, o procedimiento civil, que al final los franquiciadores están en el mercado y generan dinero , por lo que es obvio que pueden reparar los daños causados.
En estos casos muchas veces existen situaciones en las que “bajas rentabilidades”, ( producto en su mayorÃa de bajas inversiones o excesivo apalanacamiento financiero) producen situacÃones de sensación de engaño, que un simple analisis objetivo de inicio hubiera detectado. Al final cuando uno compra un mercedes por 1000 euros no puede “sentirse estafado”, porque el motor no va .
Y en cualquier caso los que ganan dinero como franquiciados (mucho o poco) que se olviden de “estafas” y que autocriticamente se pregunten si escogieron bien, si quisieron creer en algo imposible, o simplemente si no analizaron nada.
Hay que hacer los deberes. Los franquiciados deben analizar bien su importante decisión…antes!!! y los franquiciadores por descontando deben saber lo que hacen y cumplir sus promesas.
Dos, si la actitud es más agresiva y afecta a la colectividad, ( porque si…los franquiciados se comunican entre ellos a la velocidad de la luz), lo lógico es coger tijera y rescindir.
En cualquier caso sobre nuestra responsabilidad como franquiciadores recaerá la mala elección efectuada en su dÃa, y como mÃnimo de ese error habrÃa que aprender muchas cosas, ….para próximas elecciones. Sic
Salga lo que salga, habrá apelación y dentro de unos dos años si no hemos pactado nada por enmedio el asunto se resolverá de una manera u otra. Mientras, gastos de abogado, quebraderos de cabeza y noches sin dormir pensando en lo que no produce ingresos sino en lo que los inhibe.
Da igual el canon de entrada…¿a que hubiera sido mejor “seleccionar”?
Impago reiterado de las prestaciones económicas por parte del franquiciado.
No seguir las directrices de la franquicia.
No respetar las cláusulas de exclusividad.
Impagar y ejercer a su vez competencia desleal.
Es importante regular en el propio contrato de franquicia las consecuencias de una rescisión anticipada del mismo. Muchos contratos de franquicia establecen una rescisión automática ante el incumplimiento de cualquier obligación por parte del franquiciado y únicamente es necesario notificarle la voluntad de rescindir y la causa de la misma. Este tipo de polÃtica contractual genera en el franquiciado la percepción de que el sistema de franquicia es un sistema rÃgido en el que cualquier incumplimiento puede implicar verse expulsado de la cadena. Dicha consecuencia es en cualquier caso, totalmente antagónica con el discurso que recibe durante el proceso de venta de la franquicia y únicamente perjudica la gestión de la cadena.
Por el contrario, no es habitual establecer en el contrato de franquicia cláusulas de rescisión anticipada ante un incumplimiento del franquiciador. En este caso, y ante cualquier conflicto se aplicarÃa la normativa civil común que entrarÃa como supletoria, por la que, el franquiciado puede exigir al franquiciador que cumpla con su obligación o bien solicitar la rescisión del contrato de franquicia, lo que genera en ambos casos la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.
En definitiva, para tener un buen contrato no únicamente debemos tener en cuenta la normativa, sino intentar, entre otras cosas, gestionar el conflicto desde el propio contrato. Aquà como hemos visto hoy, juega un papel importante la regulación en el acuerdo de franquicia de las consecuencias de una rescisión anticipada ante un incumplimiento de las partes.