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El Blog de la Franquicia
Frankizia

    Franquicia USA: Si eres serio, te toman en serio.

    Problemillas con el DIP es uno de los best sellers del blog, no hay duda. Con frecuencia, sin embargo todaví­a me encuentro con incumplimientos y falta de conocimiento respecto a esta normativa, y la mayorí­a de las quejas van por el camino de que la información que debe contener el DIP es como muy dura y poco comercial. Cada uno puede opinar lo que quiera, naturalmente, pero a mi si se me permite me parece "blanda" y como muestra pondré un ejemplo: Hace unos dí­as me llegó la actualización de uno de mis blogs de referencia en Estados Unidos, FranBest en el que se hací­a eco de los items obligatorios a los que estaba sometido el nuevo Franchise Disclousure Document (FDD) que entraba en vigor el 1 de julio de este año y que relaciono aquí­: 1. The Franchisor, its Predecessors and Affiliates 2. Business Experience 3. Litigation 4. Bankruptcy 5. Initial Franchise Fee 6. Other Fees 7. Initial Investment 8. Restrictions on Sources Of Products And Services 9. Franchisee’s Obligations 10. Financing 11. Franchisor’s Obligations 12. Territory 13. Trademarks 14. Patents, Copyrights and Proprietary Information 15. Obligation To Participate In The Actual Operation Of The Franchise Business 16. Restrictions On What The Franchisee May Sell 17. Renewal, Termination, Transfer And Dispute Resolution 18. Public Figures 19. Earnings Claims 20. List Of Outlets 21. Financial Statements 22. Contracts 23. Receipt Dado lo extenso de la cuestión, me puse a trabajar en el tema para escribir algo sobre ello, y me llamó poderosamente la atención el item 4 (Bankruptcy/ Quiebras). Así­ que le envié un e-mail a mi amiga Elizabeth Dillon de Gray Plant Mooty que de esta materia sabe un rato, preguntándole que demonios tení­a que poner ahí­ el Franquiciador, ¿quiebras previas? eso si que me parecí­a realmente duro, y su contestación literalmente traducida decí­a lo siguiente: "Generalmente el item 4 debe informar de las quiebras (bajo el código de quiebras) del franquiciador y de sus predecesores en la misma enseña, asociados o parientes durante los diez últimos años . El Franquiciador debe informar en este apartado también de las quiebras en las que se hayan visto involucrados los directivos del staff de central que vayan a tener participación en las ventas u operaciones de la franquicia, durante los 10 años anteriores incluso en el caso que no hayan sido de la enseña en donde están ahora. Lo cual además incluye las quiebras en las que estas personas se hayan visto involucrados incluso bajo las leyes de otros paí­ses." Normalmente me comentá Liz que no hay nada que poner en este item, pero recuerdo yo que mentir en este documento constituye un acto criminal bajo las leyes federales. Desde luego, esto más que duro,( que lo es) a mi lo que me parece es serio y da claramente fortaleza al sistema y claro todo el mundo se lo cree, y los inversores confí­an en él y por eso en 48 horas según la enseña, bancos e instituciones financieras te prestan hasta 1 millón de dolares. Aqui nuestra débil y "poco fiable" información, ( no hay castigo para los que mienten) nos parece mucho, nadie sabe las franquicias que tiene nadie, no hay forma humana de controlarlas y claro nadie se fia. Lo dicho si nosotros no somos serios, como se nos va a tomar en serio. PD: Liz me ha prometido un artí­culito sobre el asunto para dentro de unos dí­as. Estamos de suerte !!!! 8) Tags: , , , ,
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