La resolución del contrato como último escalón
Comentábamos la semana pasada en el curso de técnicas de venta de franquicias en G2a, que el contrato de franquicia tiene que servir como herramienta de gestión de nuestra cadena y como tal, la resolución del mismo debería ser el último escalón del conflicto.
No obstante, la mayoría de contratos de franquicia,como hemos comentado en alguna ocasión, determinan la ruptura de la relación ante cualquier incumplimiento del franquiciado. Percepción totalmente anticomercial. ¿ Cómo podemos penar igual el hecho que el franquiciado tenga un retraso en una cuota del royalty, con que realice competencia desleal al Franquiciador o venda productos que no formen parte del catálogo acordado? Lo adecuado es establecer en el propio contrato una graduación de las sanciones de conformidad con las infracciones que se produzcan y sobretodo que la sanción aplicable sea proporcional al incumplimiento producido.
Por ejemplo:
- No mantener el local franquiciado de forma adecuada puede implicar una sanción leve consistente en una amonestación por escrito que se podrá publicar por el Franquiciador en la intranet de su página web, o bién
- No seguir los cursos de formación adicionales o de reciclaje y obligatorios según el contrato, puede implicar una sanción grave que se materializa con una sanción económica diaria y tasada en el propio contrato.
- Otro tipo de incumplimientos, como alterar los signos distintivos de la cadena, realizar competencia desleal o bién llevar a cabo actitudes que puedan dañar la buena imagen del Franquiciador y de los demás franquiciados pueden considerarse muy graves y por ello puede implicar la resolución contractual.
Esta forma de visión moderna del contrato de franquicia nos permite gestionar el conflicto de forma interna y con total transparencia, pero sobretodo nos permite la continuidad del franquiciado en la red ante la aplicación de sanciones leves o no muy graves. Dicho de otra forma, este tipo de acciones nos ayudan a fomentar la estabilidad de nuestra cadena, lo cual es beneficioso para todos, para el franquiciador y para el franquiciado.
También podemos regular en el contrato diferentes canales para resolver el conflicto, pero si os parece lo comentamos en otra ocasión.
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