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El Blog de la Franquicia
Frankizia
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El acta notarial ante actos de competencia desleal postcontractual

Hace un par de semanas publiqué en el rincón legal un post referente a la competencia desleal postcontractual que puede ejercer un exfranquiciado de la red.

Y es que en realidad una parte importante de los conflictos que surgen con la red provienen por la competencia que el exfranquiciado realiza a la Central de la que ha formado parte una vez se resuelve el contrato de franquicia.

Ante un procedimiento judicial por competencia desleal es importante previamente constituir la prueba de forma correcta y que sirva para demostrar dicha competencia. En este sentido, es conveniente que el interesado, en este caso el Franquiciador, solicite que se levante acta notarial de lo que está ocurriendo en el centro del exfranquiciado y que por tanto, se autentifique ante un Notario dichos actos desleales.

Algunos aspectos prácticos que hay que tener en cuenta:

– Explicarle de forma muy clara al Notario en qué debe consistir el levantamiento del acta y qué aspectos más importantes hay que tener en cuenta.

– Redactar un buen requerimiento que se adjuntará en el acta y en el que conste todo aquello que se quiere notificar al exfranquiciado.

– Adjuntar fotos en el acta que acrediten que el centro está realizando competencia desleal en esa determinada fecha (es importante ir con cámara en mano ante dichas situaciones).

En estos casos nos podemos encontrar con varias posibilidades: que el exfranquiciado (o quién esté en el centro) nos deje hacer fotos dentro del local, que únicamente podamos hacer fotos del local a pie de calle, que el Notario salga también en la foto para autentificar aún más que se ha hecho la foto en aquella fecha y no antes, o incluso notarios que no quieren que se adjunten fotos del exterior ante la negativa del exfranquiciado a que se hagan fotos dentro del local, etc.

– Y lo más importante. En principio la presencia del Franquiciador o de su representante en estos actos no es necesaria. No obstante, la práctica nos demuestra que lo conveniente es estar presente con el Notario en el momento de levantar el acta para que no se pueda escapar ningún detalle. Y es que al final somos nosotros quiénes conocemos cada caso en concreto y a quiénes más nos interesa que quede suficientemente acreditada la competencia desleal que está ejercitando el exfranquiciado en el punto de venta.

En este caso y como en todos, no hay fórmulas magistrales, pero sí­ aspectos prácticos que fruto de la experiencia nos pueden ayudar a obtener un buen resultado.

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